Asociación Civil Psycha & Grisa.

Asociación Civil Psycha & Grisa.

miércoles, 7 de enero de 2015

IMÁGENES PARA REFLEXIONAR.




DISTRIBUCIÓN FÍSICA DE LAS INSTALACIONES.


ASESORÍAS LEGALES.

Nombre: Nicolás Bravo Velásquez.
Edad: 23 años.
Asesoría legal.
Materia: Penal.
Numero: 9511018396.
Privada Linderos. S/N Colonia Buenos Aires, San Antonio de la Cal 3ª Sección. Oaxaca.

Asunto: Es un amigo, vecino de colonia, lo conozco porque somos primos lejanos. Hace tiempo mi amigo cometió el delito de robo, por lo que al dictarle sentencia estuvo condenado, y dicha sentencia salió por 4 años, sin embargo estuvo 1 año encarcelado mientras conseguía la suma que le solicitaban como fianza para ser beneficiado con la condena condicional, es decir estar en libertad, pero cambio pagar una suma de dinero y realizar presentaciones mensuales en el juzgado; La problemática es que mi amigo actualmente no puede registrar a su hija, dado que al ser condenado se le restringieron sus derechos electorales y no cuenta con identificación oficial, por lo que no puede registrar a su hija. Al saber esto y que los periodos establecidos por el código civil es que un hijo debe estar registrado antes de los seis meses como mínimo, si no se pagara una multa, por lo que conforme al artículo 336 bis la paternidad se comprueba con las presunciones legales, y estas presunciones son que el niño tiene derecho a un nombre propio y a vincular a Nicolás como su padre y generar derechos y obligaciones que la ley confiere. Dicho asunto fue en el año dos mil once por lo que le asesore que debía ir al juzgado donde fue sentenciado y solicitar mediante un escrito dirigido al Juez de ese juzgado para solicitar que se rehabiliten, incluso temporalmente, para cumplir las obligaciones como padre, la cual una de ellas es registrar a los hijos.











Nombre: Claudia Velásquez Vásquez.
Edad: 44 años.
Asesoría legal.
Materia: Civil.
Numero: 9511710402.
Dirección: Guerrero N. 29 San Antonio de la Cal. Oaxaca.

Asunto: Esta señora se le asesoro en cuanto que su marido un día llego borracho y la golpeo por lo que  tuvo que llamar a la policía y dicha llego y se llevó detenido a su esposo, y este sujeto fue detenido por el delito de violencia intrafamiliar el cual es un delito considerado como grave y no se acoge a diversos beneficios como lo es el perdón o la conciliación, dicha señora es madre soltera de 4 hijos y ahora no tiene quien se haga cargo de los niños por lo que está detenido el señor que era el que los mantenía y no tienen para pagar el dinero de una fianza, les dije que conforme a los artículos transitorios es posible traer figuras del código procesal penal y que promoviera mediante un escrito la suspensión del procedimiento y únicamente pagaría la reparación del daño que finalmente seria para ella, y que este procedimiento tendría que ser de mutuo acuerdo para que procediera. Este escrito debe ser dirigido a la Juez del juzgado donde se formó el expediente mediante oficialía de partes, deberá acudir ante el Ministerio Publico el cual es su función hacer el escrito.










Nombre: Giselle Matías Aguilar.
Edad: 22 años.
Asesoría legal.
Materia: Civil.
Numero: 9511846704
Dirección: Calle Tuxtepec N.35, Colonia 7 Regiones, Oaxaca.

Asunto: Esta mujer se le ayudo, puesto que su padre padece una enfermedad la cual diagnosticaron como DEMENCIA TIPO ALZHAIMER, su padre era docente en la UABJO de tiempo completo por lo cual esta situación contaba con seguridad social por parte del instituto  de seguridad y servicios sociales de los trabajadores del Estado, pero que esto fue únicamente mientras le diagnosticaban el padecimiento, y como dicha enfermedad hace que el padre tenga lagunas mentales y pierda memoria, en el ISSSTE le solicitaron que no se le dará más medicamentos para controlar la enfermedad así como el pago de las incapacidades hasta en tanto no se le nombre un representante o tutor interino, por lo que le tramite su escrito de demanda promoviendo la acción de: declaración de estado de interdicción, esto conforme a los artículos 22, 465 fracción II y 501 del Código Civil vigente en el Estado y 890 del código de procedimientos civiles vigente en el estado, para que el juez lo declarara procedente y con dicha sentencia podría acreditar el nombramiento que se le haga de tutor y así mantener los servicios de salud con los que cuenta su padre.













PERFILES DE PUESTO.




ORGANIGRAMA.



ORGANIGRAMA.


DIAGRAMA DE FLUJO.


MACROLIZACIÓN Y MICROLIZACIÓN.


MACROLIZACIÓN.




Nuestra Asociación realizara sus servicios en los Estados Unidos Mexicanos, concretamente en todo el Estado de Oaxaca, es decir en sus ocho regiones, dada que nuestra actividad es necesaria en todo el estado de Oaxaca, dado que en todas las regiones y comunidades existen animales en situación de desgracia.



MICROLIZACIÓN.


Nuestra dirección especifica, es decir donde se encuentran nuestras  oficinas, los socios de la asociación, es la ubicada en la avenida Independencia numero 500, colindando con nuestra dirección  al norte se encuentra la calle José María Morelos, al oeste la calle Cinco de Mayo, al este la calle de Fiallo y al sur la calle de Hidalgo. Siendo este nuestro domicilio legal, y donde las personas pueden acudir a solicitar nuestros servicios, independientemente que nosotros tengamos módulos moviles.